martes, 18 de noviembre de 2008

ART - Modificación del tope máximo para el cálculo de aportes sociales

17/11/2008
A través del presente informamos que, de acuerdo a lo establecido por el reciente Decreto Nacional Nº 1448/2008 y a la resolución de la AFIP Nº 2508/2008, a partir del 1º de diciembre de este año se modificará el tope máximo para el cálculo de aportes y contribuciones al sistema de Seguridad Social y, por lo tanto, al Sistema de Riesgos del Trabajo comprendido en él.
En función a ello, las empresas aseguradas deberán aplicar, sobre los salarios del mes de noviembre en adelante, las alícuotas vigentes del contrato de afiliación de su personal con el tope máximo establecido por la reglamentación para el cálculo de los aportes sociales, que pasa a ser de $7.800.
Además, para confeccionar la correspondiente declaración jurada mensual, la AFIP puso en marcha una nueva versión del software que se venía utilizando. De esta manera las empresas cuentan con un criterio inequívoco para liquidar las cargas sociales correspondientes a sus empleados.
No obstante, ante las posibles consultas de sus clientes nos ponemos a su disposición por cualquier consulta, para que no haya inconvenientes a la hora de liquidar el pago a la ART.

CM & asociados
Consultores de Seguros
http://www.cma-consultores.com.ar/

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